Proyecto de Reconstrucción Nacional: resultado del tercer trámite, Comisión Mixta acotada y veto presidencial

Ficha de control

Campo

Detalle

Tipo de entrega

Actualización post-votación de análisis legislativo, procedimental y político.

Resultado del tercer trámite

La Cámara despachó el grueso de las modificaciones del Senado. Votación agrupada: 85 a favor, 59 en contra y 0 abstenciones.

Divergencia enviada a Mixta

Sólo la fórmula de compensación municipal vinculada a la exención de contribuciones. Obtuvo 76 votos a favor y 69 en contra; no alcanzó el quórum LOC de 78.

Otros hitos

Invariabilidad tributaria aprobada 84-61; la norma de Sala Cuna no quedó incorporada tras una votación 75-70; olvido financiero aprobado con reserva de constitucionalidad.

Próximo paso

Integrar la Comisión Mixta de cinco diputados y cinco senadores, acordar la fórmula municipal y someter su informe a ambas cámaras; después podrá abrirse el ciclo de veto presidencial y control constitucional.

Advertencia metodológica

Al cierre, el portal oficial aún no reflejaba íntegramente todos los hitos de la jornada. La redacción jurídica final debe contrastarse con el acta, las votaciones nominales y el oficio de tercer trámite.

Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados; La Tercera; El País Chile; ADN Radio; normativa legislativa vigente; consulta al 21-7-26. [1]-[8]

Resumen ejecutivo

  • La Cámara aprobó el bloque principal de enmiendas del Senado por 85-59-0. El núcleo tributario y regulatorio del PRN quedó sustancialmente ratificado. [2]

  • La Comisión Mixta quedó reducida a un solo asunto: cómo compensar a los municipios por la exención de contribuciones a mayores de 65 años. La disposición obtuvo 76 votos y quedó a dos del quórum requerido. [2][3]

  • La norma de Sala Cuna no continuó en el texto, tras una votación 75-70. No fue identificada por las fuentes post-votación como materia de Mixta; el sentido técnico exacto debe confirmarse en el oficio de despacho. [2][4]

  • De los cuatro puntos anunciados por el PDG, uno pasó a Mixta (compensación municipal), uno tuvo efecto fuera de Mixta (Sala Cuna) y dos quedaron sin el cambio pedido (Sence y ampliación regional del Fondo de Emergencia).

  • El eventual veto presidencial sigue referido a otra lista: olvido financiero, pago estatal a pymes en 30 días, protección frente a cortes de servicios básicos en zonas de catástrofe y prohibición del anatocismo. Ninguna observación ha sido formalmente ingresada. [5]

  • El calendario base se desplaza a agosto: la integración de la Mixta no quedó resuelta, la semana siguiente es distrital y la Cámara decidió revisar eventuales vetos al regreso. Los requerimientos al Tribunal Constitucional pueden añadir varias semanas. [3][5][9]

Conclusión central: El resultado eliminó el escenario de una Mixta sobre “cuatro puntos”. El nudo legislativo inmediato es exclusivamente municipal; los riesgos dominantes pasan a ser calendario, veto presidencial y Tribunal Constitucional.

1. Resultado de la votación de tercer trámite

La sesión se extendió por casi cuatro horas. La Cámara aprobó la mayor parte de las modificaciones del Senado y separó las disposiciones de quórum especial o solicitadas para votación individual. [2][3]

Tabla 1. Votaciones y efecto procedimental

Materia

Votación

Resultado

Efecto inmediato

Lectura

Bloque general de enmiendas

85-59-0

Aprobado

Se incorporan las modificaciones del Senado no separadas ni sujetas a quórum especial.

Ratificación amplia del núcleo del proyecto.

Invariabilidad tributaria, art. 29

84-61

Aprobada

La norma continúa en el texto que se cerrará después de Mixta.

Mantiene alto riesgo de requerimiento ante el TC.

Sala Cuna, art. 31

75-70

No incorporada

La disposición quedó fuera según la información postvotación disponible; no fue reportada como materia de Mixta.

Debe verificarse la fórmula exacta del oficio de despacho.

Olvido financiero, anatocismo (interés compuesto), servicios básicos

Aprobado

Aprobados con reserva

Permanecen en el texto por ahora.

Pueden ser objeto de veto presidencial o impugnación de admisibilidad constitucionalidad.

Compensación municipal

76-69

Rechazada por falta de quórum LOC

Única materia enviada a Comisión Mixta.

Faltaron dos votos para alcanzar los 78 requeridos.

Franquicia Sence

Aprobada en el paquete

Aprobada

Se mantiene el diseño del Senado: límite de 0,7% y cofinanciamiento empresarial por tramos.

El PDG no logró reponer el 1%.

RCA y demás normas centrales

Aprobadas en el paquete

Aprobadas

Continúan en el texto.

Se preserva el foco de litigación constitucional y regulatoria.

Fuente: La Tercera, 21-7-26; El País Chile, 21-7-26; ADN Radio, 21-7-26. [2]-[4]

Precisión sobre Sala Cuna: La Tercera describió el 75-70 como votos “a favor del rechazo” de la enmienda; ADN lo informó como respaldo insuficiente para una norma LOC. Ambas fuentes coinciden en el efecto práctico reportado: Sala Cuna quedó fuera y la única controversia enviada a Mixta fue la compensación municipal. El oficio oficial debe despejar el sentido técnico definitivo.

1.1. Qué quedó aprobado en lo sustantivo

  • Rebaja gradual del Impuesto de Primera Categoría desde 27% hasta 23%, junto con el resto de la arquitectura tributaria aprobada por el Senado. [2][3]

  • Invariabilidad tributaria, exención de IVA a viviendas nuevas, reglas sobre RCA/permisos y modificaciones a la franquicia Sence. [2]

  • Fondo de reconstrucción por $400.000 millones para las zonas ya contempladas en el texto; no se incorporó en este trámite la ampliación solicitada por el PDG a Atacama y Coquimbo. [6]

  • Materias anexas como olvido financiero y otras disposiciones que el Ejecutivo evalúa observar después del cierre del Congreso. [2][5]

2. Los cuatro puntos del PDG: resultado real después de la votación

La votación confirmó que los cuatro puntos eran una agenda política, no cuatro divergencias homogéneas. El resultado fue diferenciado y sólo una materia quedó abierta para negociación bicameral.

Tabla 2. Balance de los cuatro puntos anunciados por el PDG

Materia

Objetivo del PDG

Resultado de la Cámara

Estado post-votación

Balance político

Sence

Mantener el límite de 1% y elevar la cobertura del primer tramo.

La Cámara ratificó el diseño del Senado: 0,7% y porcentajes máximos de imputación 80%, 50% y 15%, con cofinanciamiento empresarial.

Cerrado; no va a Mixta.

No logró el cambio. Prevaleció el texto del Senado.

Sala Cuna

Reabrir o corregir el punto cuestionado por la bancada.

Votación 75-70; la norma no continuó en el texto según los reportes post-votación.

Fuera del proyecto; no identificada como asunto de Mixta.

No va a Comisión Mixta.

Fondo de Emergencia

Agregar Atacama y Coquimbo a la cobertura territorial.

No se incorporó una expansión adicional en tercer trámite.

Se mantiene la cobertura ya aprobada para Valparaíso, Ñuble y Biobío.

No logró el cambio; no va a Mixta.

Compensa-ción municipal

Compensar el FCM y también la pérdida de ingresos propios municipales.

La fórmula del Senado obtuvo 76 votos; no alcanzó el quórum LOC.

Único asunto enviado a Comisión Mixta.

Principal resultado de la estrategia del PDG; abre negociación fiscal y distributiva.

Fuente: antecedentes de Cámara y Senado; resultado post-votación de 21-7-26; análisis propio. [2]-[6]

Balance: 1 de 4 puntos pasó a Mixta; 1 de 4 produjo una exclusión fuera de Mixta; 2 de 4 quedaron sin la modificación solicitada.

2.1. Consecuencias específicas

  • Sence: el límite de 0,7% ya no es un nudo bicameral. Su modificación posterior exigiría otra vía legislativa o una observación presidencial admisible; no forma parte del objeto de la Mixta actual.

  • Sala Cuna: la controversia deja de ser un problema de Mixta y pasa a ser una cuestión de texto final y política laboral. Debe revisarse el oficio para confirmar si la disposición fue suprimida íntegramente y qué referencias conexas subsisten.

  • Fondo de Emergencia: incorporar nuevas regiones supone gasto e iniciativa exclusiva. Sin una divergencia textual preexistente, la Mixta no puede transformarse en un cuarto trámite para agregar Atacama y Coquimbo.

  • Compensación Municipal: la discusión está abierta y puede alterar el costo fiscal de la exención de contribuciones.

Lectura política: El PDG no convirtió sus cuatro objeciones en cuatro materias de Mixta. Su incidencia fue suficiente para abrir una negociación municipal y para alterar el resultado de Sala Cuna, pero no para reponer Sence ni ampliar el Fondo.

3. Comisión Mixta: alcance y opciones para la compensación municipal

La Mixta no revisará la exención de contribuciones a mayores de 65 años, sino la arquitectura de compensación asociada. El problema central es si una transferencia al Fondo Común Municipal repone adecuadamente la pérdida agregada y la merma de ingresos propios de cada comuna. [2][3][6]

Tabla 3. Alternativas de negociación municipal

Alternativa

Ventaja

Riesgo

Condición para viabilidad

Reponer fórmula Senado: 1.500.000 UTM al FCM

Protege el componente redistributivo y facilita un acuerdo rápido.

Puede no compensar la pérdida directa de todas las comunas ni su perfil temporal.

Acreditar suficiencia agregada y regla de distribución.

Fórmula mixta: FCM + compensación directa

Aproxima neutralidad fiscal por comuna y responde al planteamiento del PDG.

Eleva el costo fiscal y puede generar doble compensación o asimetrías.

Patrocinio presidencial, informe financiero y metodología de cálculo.

Régimen transitorio con reliquidación

Permite pagar rápido y ajustar después según pérdidas efectivas.

Mayor complejidad administrativa y riesgo de diferencias futuras.

Datos SII/TGR, plazo definido y mecanismo de ajuste anual.

Sin acuerdo o rechazo del informe

Evita validar una fórmula fiscal insuficiente.

Prolonga la tramitación y abre mecanismos de insistencia o pérdida del segmento disputado.

Definir estrategia de mayoría y ruta constitucional posterior.

Fuente: textos e informes del proyecto; resultado de Sala; análisis propio. Las alternativas 2 y 3 requieren diseño fiscal del Ejecutivo.

3.1. Restricciones jurídicas de la Mixta

  • Sólo puede resolver la divergencia municipal; no reabre Sence, Sala Cuna, Fondo de Emergencia ni el resto del proyecto.

  • Su propuesta se vota en conjunto en cada Cámara y no admite nuevas indicaciones en Sala.

  • Cualquier aumento o nueva modalidad de gasto necesita patrocinio del Ejecutivo e informe financiero suficiente.

  • La Comisión se integra por cinco diputados y cinco senadores. La propuesta de nombres de la Cámara fue rechazada el 21 de julio y se anunció un nuevo intento para el 22. [3][5]

  • La composición política puede definir si se repone sin cambios la fórmula del Senado o se negocia una compensación más amplia para ingresos propios.

Límite operativo: La Mixta no tiene competencia para “mejorar” materias ajenas a la discrepancia. El riesgo de inadmisibilidad aumenta si se intenta usarla para ampliar regiones, crear beneficios nuevos o alterar normas ya concordadas.

3.2. Mayorías y estrategia

La votación 76-69 muestra que la fórmula municipal estuvo muy cerca del quórum. Dos movimientos pueden destrabarla: recuperar apoyos mediante una aclaración distributiva o sustituirla por una fórmula transitoria respaldada por Hacienda. La ausencia de acuerdo, en cambio, elevaría el costo político porque la exención quedó aprobada mientras su financiamiento territorial permanece abierto.

4. Aspectos que el Gobierno evalúa modificar mediante veto presidencial

El posible veto continúa referido a cuatro disposiciones distintas de los cuatro puntos del PDG. Al cierre de esta minuta no existe un texto formal de observaciones: se trata de una lista política reportada por fuentes legislativas y puede cambiar después de la Mixta. [5]

Tabla 4. Matriz actualizada del eventual veto

Norma

Situación después de la Cámara

Cambio que evalúa el Ejecutivo

Implicancia si prospera

Olvido financiero

Fue aprobado en tercer trámite. Se anunció reserva de constitucionalidad durante la votación.

Observación principalmente supresiva o impugnación por inconsistencia con las ideas matrices.

Se mantiene el régimen vigente de información comercial y se elimina del PRN la nueva regla de “segunda oportunidad”.

Pago estatal a pymes en 30 días

Permanece entre las normas despachadas; su inclusión final debe verificarse en el oficio consolidado.

Supresión o ajuste de la garantía/refuerzo de pago; su presencia definitiva en el veto sigue bajo evaluación.

Reduce la nueva exigibilidad y liquidez para proveedores pymes; preserva flexibilidad administrativa y fiscal.

Servicios básicos en zonas de catástrofe

Norma aprobada por ambas cámaras para impedir o revertir cortes por no pago en zonas siniestradas de Valparaíso, Ñuble y Biobío.

Veto supresivo a la protección excepcional.

Se aplican las reglas ordinarias de cobro y corte, salvo otras protecciones vigentes; disminuye el resguardo a hogares y mipymes afectadas.

Prohibición del anatocismo

Norma aprobada por ambas cámaras que restringe el cobro de intereses sobre intereses.

Veto supresivo o alternativa de control constitucional.

Subsisten las reglas actuales de capitalización en productos autorizados; se pierde una protección amplia, pero se evita el impacto sistémico que advierte el Ejecutivo.

Fuente: La Tercera, 21-7-26; antecedentes de Cámara y Senado; análisis propio. [2][5][6]

Secuencia obligatoria: La Mixta debe cerrar primero el texto. Sólo después el Congreso puede comunicar el proyecto definitivo al Presidente y comenzar el plazo constitucional para formular observaciones.

4.1. Qué no está definido todavía

  • Si el veto incluirá finalmente los cuatro puntos o excluirá alguno, en especial el pago a pymes en 30 días.

  • Si las observaciones serán sólo supresivas o contendrán sustituciones; cualquier agregado debe respetar las ideas matrices del proyecto.

  • Qué quórum se aplicará a cada observación según la naturaleza de la disposición observada.

  • Si la oposición presentará sus requerimientos ante el TC antes o después de conocer el texto del veto y del informe de Mixta. [3][9]

5. Implicancias jurídicas y políticas del veto

Tabla 5. Cómo opera el veto y qué efecto produce

Etapa

Regla

Efecto práctico

Cierre del Congreso

La Mixta y ambas cámaras deben resolver antes la discrepancia respecto a compensación municipal.

No puede presentarse el veto mientras exista una diferencia bicameral pendiente.

Plazo presidencial

El Presidente dispone de 30 días desde que recibe el proyecto para formular observaciones.

La promulgación no es automática después de Mixta.

Ideas matrices

Las observaciones deben relacionarse directamente con las ideas matrices o fundamentales, salvo contenido ya considerado en el mensaje.

Un veto expansivo o ajeno puede ser declarado inadmisible o litigado.

Aprobación de observaciones

Si ambas cámaras aprueban el veto, el proyecto se devuelve al Presidente con los cambios.

El texto se promulga sin las normas suprimidas o con las sustituciones aprobadas.

Rechazo e insistencia

Si ambas cámaras rechazan una observación y mantienen el texto por dos tercios de los presentes, el Presidente debe promulgarlo.

El Congreso conserva la norma original sólo si reúne una mayoría reforzada en ambas cámaras.

Rechazo sin 2/3

Si el veto se rechaza, pero no existe quórum suficiente, no hay ley en el punto de discrepancia.

El Ejecutivo tiene ventaja procedimental: la norma observada puede desaparecer sin que se apruebe expresamente la alternativa presidencial.

Calendario político

La Cámara decidió debatir eventuales observaciones al regreso de la semana distrital; el Senado se alineó con ese calendario.

El escenario ordinario desplaza el cierre al inicio de agosto, salvo citación extraordinaria.

Fuente: Constitución Política, art. 73; Ley N° 18.918, arts. 32-36; La Tercera, 21-7-26. [5][7][8]

Implicancia política: El veto desplaza la disputa desde una mayoría simple o LOC hacia la capacidad del Congreso de reunir dos tercios para insistir. Esto aumenta el poder de negociación del Ejecutivo, pero también prolonga el ciclo y puede producir una ley fragmentada.

5.1. Riesgo de Tribunal Constitucional

La oposición anunció reservas respecto de al menos doce enmiendas y tres requerimientos concentrados en invariabilidad tributaria y materias ambientales. Los propios parlamentarios señalaron que esperarán un texto definitivo, porque Mixta y veto todavía pueden modificar el objeto impugnable. [3][9]

  • El TC puede eliminar normas específicas sin afectar necesariamente la totalidad del proyecto.

  • El momento de ingreso y la admisibilidad del requerimiento pueden suspender o condicionar el despacho de las disposiciones impugnadas.

  • La combinación Mixta + veto + TC carece de un plazo agregado único y puede extender la incertidumbre por varias semanas.

6. Cuánto puede retrasarse la tramitación final

La Ley N° 18.918 establece, para discusión inmediata, dos días para la Comisión Mixta y dos días para cada Cámara: seis días formales en total, siempre que la urgencia se mantenga vigente. Ese cómputo no elimina los tiempos de integración, citación, acuerdo, informe, tabla ni eventuales observaciones presidenciales. [7]

Tabla 6. Escenarios post-votación

Escenario

Supuestos

Plazo orientativo

Lectura

Formal mínimo

Mixta integrada de inmediato, acuerdo rápido y votación dentro de los plazos de urgencia.

6 días formales

Es el plazo legal de referencia, no una garantía de calendario efectivo.

Acelerado operativo

Integración el 22 de julio, fórmula municipal preacordada y eventual citación extraordinaria.

Finales de julio / inicio de agosto

Posible, pero políticamente menos probable por semana distrital y decisión de las mesas.

Escenario base

Mixta cierra el nudo municipal; luego se ingresa y debate el veto al regreso del receso distrital.

Primera mitad de agosto

Es el escenario más consistente con el calendario informado el 21 de julio.

Escenario extendido

Disputa en Mixta, veto controvertido y requerimientos ante el TC.

Varias semanas adicionales

La publicación puede moverse a la segunda mitad de agosto o más allá, según acuerdos y control constitucional.

Fuente: Ley N° 18.918, art. 28; La Tercera, 21-7-26; análisis propio. Los rangos operativos son estimaciones, no plazos legales garantizados. [5][7]

Calendario: El proyecto ya no puede cerrar como ley en julio por la vía ordinaria. La Mixta aún no está integrada y los eventuales vetos serán revisados al regreso de la semana distrital, salvo sesión extraordinaria convocada por el Presidente.

7. ¿Son los cuatro puntos del PDG los mismos que objeta el Gobierno?

No. Son listas distintas y operan mediante mecanismos diferentes. El PDG buscó incidir en el tercer trámite/Mixta; el Ejecutivo evalúa usar observaciones presidenciales una vez cerrado el texto.

Tabla 7. Cruce PDG-Gobierno después de la votación

Grupo de materias

PDG

Gobierno

Conclusión

Sence, Sala Cuna, Fondo y compensación municipal

Constituyeron sus cuatro objeciones anunciadas para la votación.

No integran la lista de cuatro vetos reportada.

No son los mismos puntos.

Olvido financiero

El PDG anunció respaldo a la norma.

El Ejecutivo evalúa suprimirla o impugnarla.

Único cruce político directo, pero en sentido opuesto.

Pago pymes, servicios básicos y anatocismo

No formaron parte de sus cuatro puntos formales.

Sí integran el listado de potenciales observaciones.

Sin identidad con la agenda PDG.

Mecanismo

Votación de tercer trámite y presión para Mixta.

Veto presidencial posterior al despacho del Congreso.

Son fases y quórums diferentes.

8. Matriz de riesgos

Tabla 8. Riesgos y variables de control al cierre del 21-7-26

Riesgo

Nivel

Por qué importa

Variable de monitoreo

Fórmula municipal

Alto

La exención quedó aprobada, pero la compensación no. Una solución insuficiente puede desfinanciar comunas o elevar el costo fiscal.

Informe financiero, cobertura de FCM e ingresos propios, distribución territorial.

Integración de Mixta

Alto

La primera propuesta de miembros fue rechazada y la composición puede definir la fórmula de acuerdo.

Nombres, presidencia, fecha de citación y mayoría interna.

Calendario

Alto

Semana distrital y tratamiento del veto en agosto impiden el cierre ordinario en julio.

Sesiones extraordinarias, tablas de Cámara y Senado, urgencia vigente.

Veto presidencial

Alto

El listado no es definitivo y puede abrir un segundo ciclo de votaciones con exigencia de insistencia por 2/3.

Texto, fecha, tipo de observación y quórum aplicable.

Tribunal Constitucional

Alto

Se anuncian tres requerimientos y reservas sobre al menos doce enmiendas.

Ingreso, admisibilidad, normas impugnadas y sentencia.

Sala Cuna / texto final

Medio-alto

Las fuentes describen de modo diferente el sentido formal del 75-70, aunque coinciden en su exclusión.

Acta, votación nominal, oficio de tercer trámite y texto comparado final.

Implementación

Medio-alto

Sence, municipios, SII/TGR, permisos y beneficios requieren reglamentos e instrucciones.

Matriz de responsables, plazos y actos administrativos posteriores.

Fuente: resultado de Sala, normativa vigente y análisis propio. [1]-[9]

9. Conclusiones operativas

  • La Cámara ratificó el grueso del PRN y dejó una sola divergencia bicameral: compensación municipal.

  • Los cuatro puntos del PDG no son los cuatro puntos del eventual veto. Su balance fue mixto: Mixta en compensación, exclusión de Sala Cuna y derrota en Sence/Fondo.

  • La negociación inmediata debe concentrarse en una fórmula municipal fiscalmente patrocinada, distributivamente defendible y administrativamente verificable.

  • El Gobierno conserva capacidad para modificar cuatro normas mediante veto, pero sólo después del cierre de Mixta; el Congreso necesitaría dos tercios para insistir frente a observaciones rechazadas.

  • El escenario base es cierre legislativo en la primera mitad de agosto; el TC puede extender el proceso más allá.

  • La prioridad documental es obtener el acta y el oficio oficial para resolver definitivamente el estatus de Sala Cuna y consolidar la matriz Cámara-Senado-texto final.

Tabla 9. Checklist posterior a la votación

Acción

Utilidad

1

Obtener acta, votaciones nominales y oficio de tercer trámite.

Fija el texto jurídicamente vigente y despeja Sala Cuna.

2

Confirmar integrantes, presidencia y citación de la Comisión Mixta.

Permite estimar mayoría, fórmula y calendario.

3

Exigir informe financiero de la solución municipal.

Controla suficiencia, admisibilidad y costo fiscal.

4

Registrar informe de Mixta y votación en ambas cámaras.

Determina el texto que será remitido al Presidente.

5

Monitorear ingreso y alcance del veto presidencial.

Define el segundo ciclo y las normas que pueden desaparecer.

6

Monitorear requerimientos ante el TC.

Afecta promulgación, contenido y vigencia.

7

Preparar texto comparado final e implementación.

Transforma el seguimiento legislativo en control de ejecución.

Fuentes consultadas

[1] Cámara de Diputadas y Diputados, ficha de tramitación y pestaña de votaciones del Boletín 18.216-05, consulta del 21 de julio de 2026.

[2] La Tercera, “Megarreforma: grueso del proyecto clave de Kast es despachado para convertirse en ley y un artículo pasa a comisión mixta”, 21 de julio de 2026.

[3] El País Chile, “La Cámara de Diputados despacha la megarreforma de Kast y solo una enmienda pasa a la comisión mixta”, 21 de julio de 2026.

[4] ADN Radio, “Megarreforma queda a un paso de ser ley: Cámara aprueba cambios clave y envía norma a Comisión Mixta”, 21 de julio de 2026.

[5] La Tercera, “Megarreforma queda para agosto: Interior, Segpres y la Cámara frenan el tranco a Quiroz”, 21 de julio de 2026.

[6] Senado de Chile, noticias oficiales del despacho e informes de las comisiones de Trabajo y Hacienda, julio de 2026.

[7] Ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, arts. 28 y 32 a 36.

[8] Constitución Política de la República, art. 73, texto vigente.

[9] Radio Universidad de Chile y Cooperativa, antecedentes sobre requerimientos anunciados ante el Tribunal Constitucional, 20-21 de julio de 2026.

Nota: Esta minuta actualiza y reemplaza la versión previa a la votación. Para uso jurídico vinculante debe contrastarse con el acta, el oficio y el texto consolidado oficial.